Vacaciones en comercio: lo que da tu convenio en cada provincia
En comercio, los convenios de las provincias con más gente dan entre 30 y 31 días naturales de vacaciones al año: 30 en A Coruña, Almería, Asturias, Bizkaia, Cádiz, Cataluña, Comunitat Valenciana, Gipuzkoa, Granada, Las Palmas, Málaga, Santa Cruz de Tenerife, Sevilla y Zaragoza; y 31 en Illes Balears, Madrid, Pontevedra y los grandes almacenes (toda España). En Córdoba, 28 días laborables de vacaciones, contando los sábados. Ninguno da libres enteros el 24 ni el 31 de diciembre. Alguno da la tarde o cierra antes: está en su nota. Días de asuntos propios que solo hay que fijar con la empresa: 3 días en A Coruña, 2 días en Asturias, 1 día en Cataluña, 2 días en Las Palmas, 4 días en Pontevedra y 3 días en Zaragoza. Tu empresa puede darte más: el convenio es el mínimo.
Lo que da cada convenio
Los días de vacaciones, los de asuntos propios y lo que conviene saber de cada uno, sacado del texto del convenio en su boletín oficial (enlazado en la última columna) y revisado el 5 de octubre de 2026. Donde pone «Ninguno sin condiciones», el convenio no los da o los da con condiciones (antigüedad, preaviso, fechas en las que no se pueden coger…): están en la nota.
| Convenio | Vacaciones | Asuntos propios | Lo que hay que saber | El convenio |
|---|---|---|---|---|
| Comercio vario (provincia de A Coruña) | 30 días naturales | 3 días al año | Al menos 15 días de vacaciones caen entre el 1 de junio y el 30 de septiembre. Es el convenio de las tiendas sin otro propio (la alimentación tiene el suyo). El 24 y el 31 de diciembre no son libres: las horas trabajadas desde las 14:00 tienen un recargo, y la empresa debe garantizar al menos 6 sábados de descanso al año. | Convenio colectivo de comercio vario de la provincia de A CoruñaBOP de A Coruña núm. 117, de 21/06/2023 · vigencia Hasta el 31/12/2025; vencido, sigue aplicándose mientras no lo sustituya otro (art. 2) |
| Comercio en general (provincia de Almería) | 30 días naturales | Ninguno sin condiciones | No pueden empezar en sábado, domingo, festivo ni día de descanso, y en centros de 10 o más personas solo la mitad de la plantilla puede cogerlas de junio a septiembre, por turnos. El 24 y el 31 de diciembre y los días de feria local se puede pactar un horario de 9:00 a 15:00 (no son días libres). Las licencias por asuntos propios que no admitan demora hay que justificarlas. Si trabajas en una tienda de ropa o textil, tu convenio es otro (comercio textil). | Convenio Colectivo sectorial de Dependencia Mercantil de la Provincia de AlmeríaBOP de Almería núm. 58, de 25/03/2026 · vigencia 2025-2027 |
| Comercio en general (Asturias) | 30 días naturales | 2 días al año | El 24 y el 31 de diciembre solo libras la tarde, no el día entero. Si no hay acuerdo con la empresa, 21 días de vacaciones van seguidos entre el 15 de junio y el 15 de septiembre (y si la empresa te parte las de verano, te da 3 días más). Los 2 días de libre disposición se avisan con una semana; aparte hay hasta 5 días laborables para asuntos personales que tengas que resolver en persona, avisando con 24 horas: añádelos tú si los usas. | Convenio Colectivo de Comercio en General del Principado de AsturiasBOPA núm. 95, de 20/05/2026 · vigencia 2026-2029 (sustituye al de 2023-2025) |
| Comercio en general (Bizkaia) | 30 días naturales | Ninguno sin condiciones | Se cogen entre junio y septiembre, por turnos, y no pueden empezar en festivo ni en víspera de festivo. Hay además 1 día de descanso al año que se fija de acuerdo con la empresa, pero no se puede unir a las vacaciones ni coger en rebajas: añádelo tú si te corresponde. Vale para ópticas, jugueterías, droguerías y perfumerías, tiendas de regalo, flores, fotografía y otros comercios sin convenio propio que se adhieran; alimentación, textil o metal, entre otros, tienen el suyo. | Convenio Colectivo de Comercio en General para la provincia de Bizkaia años 2023-2026BOB núm. 229, de 29/11/2023 · vigencia 2023-2026 (hasta el 31/12/2026) |
| Comercio de alimentación (provincia de Cádiz) | 30 días naturales | Ninguno sin condiciones | En Cádiz no hay convenio de comercio en general: este es el de supermercados, autoservicios y tiendas de alimentación. El 24 y el 31 de diciembre (y el 5 de enero) se trabaja, pero la jornada acaba a las 20:00. Si trabajas en otro tipo de tienda (ropa, electrodomésticos, muebles…), tu convenio es otro. | Convenio colectivo de empresas de alimentación, de detallistas, de ultramarinos, supermercados y autoservicios de la provincia de CádizBOP de Cádiz núm. 145, de 30/07/2026 (anuncio n.º 242.531) · vigencia 2025-2029 (del 01/01/2025 al 31/12/2029) |
| Comercio sin convenio propio (Cataluña) | 30 días naturales | 1 día al año | Preferentemente entre el 1 de junio y el 30 de septiembre. Solo se aplica a las tiendas y almacenes que no tienen convenio propio: en la provincia de Barcelona, por ejemplo, el comercio textil, el del metal o la alimentación tienen el suyo. Trabajar en domingos o festivos de apertura autorizada es voluntario y se paga o se compensa con descanso. | XII Convenio colectivo de trabajo del sector del comercio de Cataluña para subsectores y empresas sin convenio propio para los años 2023-2025DOGC núm. 9287, de 11/11/2024 (corrección de erratas en DOGC núm. 9301, de 29/11/2024) · vigencia 2023-2025 (denunciado el 30/09/2025; sigue aplicándose mientras se negocia el nuevo, art. 5.3) |
| Comercio de actividades diversas (Comunitat Valenciana) | 30 días naturales | Ninguno sin condiciones | Es el convenio de los comercios que no tienen uno propio (textil, metal, alimentación, calzado o muebles sí lo tienen). Dice «30 días» sin decir de qué tipo: lo habitual es contarlos como naturales (el mínimo del Estatuto de los Trabajadores); compruébalo con tu empresa. Si un festivo cae dentro de tus vacaciones, se alargan un día: elige «No cuenta» en «Si un festivo cae dentro de tus vacaciones». Preferentemente entre junio y septiembre. | Convenio colectivo de comercio de actividades diversas para la Comunitat Valenciana 2024-2026DOGV núm. 9867, de 10/06/2024 · vigencia 2024-2026 |
| Comercio en general (provincia de Córdoba) | 28 días laborables, contando los sábados | Ninguno sin condiciones | Si trabajas de lunes a sábado, pon 28 laborables y elige esa jornada en «Tu jornada»; si trabajas de lunes a viernes, cada semana de vacaciones te gasta 6 días, así que pon tus días a mano (28 de lunes a sábado son unos 23 de lunes a viernes). Al menos la mitad tiene que caer en las vacaciones escolares. El 24 y el 31 de diciembre solo se trabajan 4 horas por la mañana; el Sábado Santo es festivo, y en la semana de la Feria de Mayo solo se trabaja por la mañana. Hay un día de asuntos propios si llevas seis meses, con 10 días de preaviso y fuera de Semana Santa, Feria y Navidad: añádelo tú si te corresponde. | Convenio Colectivo Provincial de Comercio de Córdoba (2025-2028)BOP de Córdoba núm. 135, de 15/07/2025 · vigencia 2025-2028 |
| Comercio de alimentación (Gipuzkoa) | 30 días naturales | Ninguno sin condiciones | En Gipuzkoa no hay un convenio de comercio en general en vigor: este es el de supermercados, tiendas de alimentación y carnicerías; el textil y el del metal, entre otros, tienen el suyo. De esos días, 26 tienen que ser laborables, y el 24 y el 31 de diciembre las tiendas cierran a las 17:00 salvo acuerdo con la empresa. Tienes libre el 29 de septiembre (San Miguel), que pasa al miércoles laborable siguiente si cae en domingo o en víspera de festivo: añádelo tú. | Convenio Colectivo de Industria y Comercio de Alimentación de Gipuzkoa 2022-2025BOG núm. 107, de 05/06/2023 · vigencia 2022-2025 (vencido; sigue aplicándose hasta que haya otro, art. 4) |
| Comercio en general (provincia de Granada) | 30 días naturales | Ninguno sin condiciones | Si la empresa no te deja coger los 30 días entre junio y septiembre te corresponden 5 días más (2 si los coges en mayo), y si los partes en dos tramos, uno de al menos 15 días en verano y otro fuera, son 33. El 3 de mayo y el 24 y el 31 de diciembre solo se libra por la tarde, igual que cuatro tardes de la feria de tu pueblo (en Granada capital, las del Corpus). No hay días de asuntos propios. | Convenio colectivo para el comercio en general para Granada y provinciaBOP de Granada núm. 79, de 25/04/2024 · vigencia 2023-2027 (del 01/01/2023 al 31/12/2027) |
| Comercio (Illes Balears) | 31 días naturales | Ninguno sin condiciones | Al menos 15 seguidos van entre el 1 de junio y el 15 de octubre, y si la empresa no puede dártelos en esas fechas, esos 15 días cuentan el doble. No hay días de libre disposición: el permiso de hasta 5 días por asuntos propios es solo para asuntos que no pueden esperar y hay que demostrarlos. | Convenio colectivo laboral para el comercio de la Comunidad Autónoma de les Illes Balears 2026-2030BOIB núm. 63, de 19/05/2026 · vigencia 2026-2030 (del 01/04/2026 al 31/03/2030) |
| Comercio: pequeña y mediana empresa (provincia de Las Palmas) | 30 días naturales | 2 días al año | Son 31 si no has faltado ningún día (los permisos legales no cuentan como falta). Se pueden partir en dos tramos de al menos 10 días que no empiezan en sábado ni domingo. Los 2 días de asuntos propios se fijan de acuerdo con la empresa. | Convenio colectivo provincial del comercio de la pequeña y mediana empresa de Las Palmas para los años 2020-2023BOP de Las Palmas núm. 24 (anexo), de 23/02/2024 · vigencia 2020-2023 (prórroga pactada de hasta dos años desde el 31/12/2023) |
| Comercio vario (Comunidad de Madrid) | 31 días naturales | Ninguno sin condiciones | Van seguidas, entre el 20 de junio y el 30 de septiembre salvo acuerdo con la empresa. Son festivos el Sábado Santo y las tardes del 24 y el 31 de diciembre. Hay 2 días de asuntos propios (uno por semestre) solo si ese semestre no has faltado sin justificar, y si tu empresa mantiene la jornada de 38,53 horas semanales te corresponden 14 días más de vacaciones. | Convenio Colectivo del Comercio Vario de la Comunidad de Madrid para el año 2025, 2026, 2027 y 2028BOCM núm. 183, de 02/08/2025 (artículo 40 modificado en BOCM núm. 151, de 27/06/2026) · vigencia 2025-2028 |
| Comercio en general (provincia de Málaga) | 30 días naturales | Ninguno sin condiciones | En las fechas que acordéis tú y la empresa. El 24 y el 31 de diciembre las tiendas cierran a las 18:30 (no es día libre entero) y en la feria de tu localidad tienes tres medias jornadas libres. Hay tres días laborables de asuntos propios con 72 horas de preaviso, de los que solo uno se puede pegar a las vacaciones y solo si lo acordáis: añádelos tú si quieres. Algunos subsectores (calzado, textil, metal…) mejoran la feria o los descansos: mira el anexo del tuyo. | Convenio Colectivo del Comercio en General para Málaga y provinciaBOP de Málaga núm. 200, de 16/10/2024 · vigencia 2023-2028 |
| Comercio vario (provincia de Pontevedra) | 31 días naturales | 4 días al año | Los 31 días son con un año en la empresa (si llevas menos, la parte proporcional) y van de junio a septiembre; si se pactan fuera de esos meses son 32 más 200 €. Es el convenio de las tiendas sin otro propio, también textil, juguetes y bazares (la alimentación tiene el suyo). El 24 y el 31 de diciembre no son libres, y hay sábados de descanso garantizados. El texto oficial está en gallego. | Convenio colectivo do sector de comercio vario da provincia de PontevedraBOP de Pontevedra núm. 90, de 14/05/2026 · vigencia 2025-2029 |
| Comercio de alimentación (provincia de Santa Cruz de Tenerife) | 30 días naturales | Ninguno sin condiciones | En Santa Cruz de Tenerife no hay convenio de comercio en general: este es el de supermercados, autoservicios y tiendas de alimentación (el de más trabajadores según el registro oficial de convenios). Son 31 días si no has faltado ningún día (los permisos legales no cuentan) y se pueden partir en dos tramos de al menos 10 días que no empiezan en sábado ni domingo. Hay 3 días de asuntos propios con 10 días de preaviso, que no se pueden pegar a las vacaciones ni coger en diciembre: añádelos tú si quieres. | Convenio colectivo del comercio de alimentación para la provincia de Santa Cruz de TenerifeBOP de Santa Cruz de Tenerife núm. 125, de 16/10/2023 · vigencia 2022-2023; vencido y denunciado, sigue aplicándose entero hasta que entre en vigor el siguiente (art. 6) |
| Comercio en general (provincia de Sevilla) | 30 días naturales | Ninguno sin condiciones | 21 de los 30 días van entre el 21 de junio y el 15 de septiembre, por turnos, y 9 el resto del año; no pueden empezar en sábado, domingo, festivo ni día de descanso. Libra la tarde del 24 de diciembre (no el día entero), el Sábado Santo en casi todos los subsectores, varias tardes de feria y, en algunos, la tarde del 31; hay además un día para asuntos propios urgentes, que hay que justificar. Es el convenio de 2017-2020, que se sigue aplicando mientras se negocia uno nuevo. | Convenio Colectivo para el Comercio en General de SevillaBOP de Sevilla núm. 236, de 10/10/2018 · vigencia 2017-2020 (se sigue aplicando; hay un convenio nuevo en negociación) |
| Comercio de alimentación (provincia de Zaragoza) | 30 días naturales | 3 días al año | En Zaragoza no hay convenio de comercio en general: este es el de tiendas de alimentación y supermercados (el textil, el calzado, el metal, el mueble, la óptica o los juguetes y bazares tienen el suyo). Las vacaciones van seguidas, sin partir, y preferentemente entre junio y septiembre. No da libres el 24 ni el 31 de diciembre, y no explica cómo se piden los días de asuntos propios: acuérdalo con tu empresa. | Convenio colectivo del sector Detallistas y Autoservicio de Alimentación de Zaragoza para los años 2025 a 2026BOPZ núm. 180, de 07/08/2026 (anuncio núm. 5326) · vigencia 2025-2026 (en vigor desde su publicación, con efectos económicos desde el 01/01/2025) |
| Grandes almacenes | 31 días naturales | Ninguno sin condiciones | Al menos 21 seguidos entre junio y septiembre (15 en los centros que venden más en verano). | Convenio colectivo del sector de grandes almacenesBOE · vigencia 2023-2026, prorrogable |
¿Cuál es tu convenio de comercio?
En comercio hay muchos: de cada provincia o comunidad, y a menudo uno por tipo de tienda (textil, alimentación, metal, muebles…). Los de la tabla son los generales, los que se aplican a las tiendas que no tienen uno propio (en Cádiz, el de alimentación y supermercados, que es el de más trabajadores); los grandes almacenes tienen uno para toda España. Si no sabes cuál es el tuyo, pregúntalo en tu empresa o a la representación de los trabajadores.
Si tu convenio no está
Los convenios de comercio suelen ser de una provincia o de una comunidad: si el tuyo no está en la tabla, está en el boletín oficial de tu provincia o de tu comunidad. Como mínimo, la ley te da 30 días naturales de vacaciones al año (artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores). Si no sabes si tus días son laborables o naturales, mira la guía de días laborables o naturales; para los días de asuntos propios, la guía de los días de asuntos propios.
¿Trabajas en hostelería? Mira la guía de vacaciones en hostelería.
Preguntas frecuentes
¿Cuántos días de vacaciones tengo en comercio?
Depende de tu convenio: los de las provincias con más gente dan entre 30 y 31 días naturales (el tuyo, en la tabla). Si no está, la ley te da como mínimo 30 días naturales al año, según el artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores.
¿Es libre el 24 y el 31 de diciembre en comercio?
Ninguno da libres enteros el 24 ni el 31 de diciembre. Alguno da la tarde o cierra antes: está en su nota. Tu empresa puede mejorarlo.
¿Cómo pongo mi convenio en la calculadora?
En el paso «Tu convenio», en «¿Cuál es tu convenio?»: los de tu provincia salen arriba. Al elegirlo se rellenan tus días de vacaciones y los días libres que fija, y una nota te dice lo demás. O usa el buscador de esta página: eliges tu convenio y tu municipio y se abre la calculadora con todo puesto.