Días de vacaciones laborables o naturales: qué cambia y cómo saber cuáles tienes
La ley fija un mínimo de 30 días naturales de vacaciones al año. Tu convenio o tu contrato pueden darte más y contarlos en días laborables: con laborables solo gastas los días que te toca trabajar; con naturales cuentan todos los días seguidos de tus vacaciones, fines de semana incluidos.
Qué dice la ley
«El periodo de vacaciones anuales retribuidas, no sustituible por compensación económica, será el pactado en convenio colectivo o contrato individual. En ningún caso la duración será inferior a treinta días naturales.»
Es decir: el mínimo se mide en días naturales, pero cuántos días tienes y cómo se cuentan lo dice tu convenio colectivo o tu contrato, siempre que no te den menos que ese mínimo.
En qué se diferencian
- Laborables: solo cuentan los días que tendrías que trabajar. Una semana de vacaciones de lunes a viernes gasta 5 días; los sábados, domingos y festivos no se gastan.
- Naturales: cuentan todos los días seguidos del periodo, también los fines de semana que quedan dentro. Dos semanas seguidas, de un lunes al viernes de la semana siguiente, son 10 días laborables o 12 naturales.
Para días sueltos (un puente) da casi igual; la diferencia está en los bloques largos y en los festivos que caen dentro.
¿Cuántos laborables son 30 naturales?
La ley no fija ninguna equivalencia. Contando de lunes a viernes, 30 días naturales seguidos son cuatro semanas y dos días: entre 20 y 22 días laborables según el día en que empiecen, y menos si dentro cae algún festivo. Lo que vale es lo que diga tu convenio.
¿Y si un festivo cae dentro de mis vacaciones?
Si tus días son laborables, un festivo no se gasta como día de vacaciones, porque ese día no tendrías que trabajar. El Tribunal Supremo lo dijo así en un caso de vacaciones en días laborables:
«[…] los 24 días laborables de vacaciones a que tienen derecho deberán ser aplicados a 24 días en los que les hubiera correspondido trabajar, y de ninguna manera a días que les corresponda descanso.»
Si son naturales, depende de tu convenio: algunos descuentan los festivos que caen dentro y otros no. Además, el Convenio 132 de la Organización Internacional del Trabajo, que España ratificó, dice que los festivos oficiales no cuentan como parte de las vacaciones mínimas que fija ese convenio (tres semanas laborables por año) (BOE de 5 de julio de 1974).
En la calculadora, con días naturales, puedes elegir en «Más opciones» si un festivo dentro de tus vacaciones cuenta o no.
Cómo saber cuáles tienes
- Tu contrato de trabajo.
- El convenio colectivo de tu sector o de tu empresa, en el artículo de vacaciones: se publica en el BOE o en el boletín oficial de tu comunidad o tu provincia.
- Tu nómina o el portal del empleado, si enseñan los días que te quedan.
- Recursos humanos o la representación de los trabajadores.
Si pone «30 días naturales», son naturales; si pone, por ejemplo, «22 días laborables» o «días hábiles», son laborables.
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Fuentes
Esta guía explica lo que dicen la ley y los tribunales; no es asesoramiento laboral. Lo que dependa de tu convenio o de tu empresa, consúltalo allí.
Preguntas frecuentes
¿Cuántos días de vacaciones me corresponden como mínimo?
30 días naturales al año, según el artículo 38.1 del Estatuto de los Trabajadores. Tu convenio o tu contrato pueden darte más.
¿Los fines de semana cuentan como vacaciones?
Si tus vacaciones son en días laborables, no: solo gastas los días que te toca trabajar. Si son naturales, cuentan los fines de semana que quedan dentro de tus vacaciones.
¿Me pueden pagar las vacaciones en vez de disfrutarlas?
No: el artículo 38.1 del Estatuto dice que no son sustituibles por compensación económica. La Guía Laboral del Ministerio de Trabajo recoge la excepción de cuando el contrato se acaba sin haber podido disfrutarlas.